La extranjerización de tierras en nuestro país: un acuciante problema de soberanía

Por Julieta Caggiano y Matías Oberlin. 

Con la asunción de los nuevos diputados y senadores, y aprovechando el momento político de ofensiva, el gobierno anunció el envío de proyectos clave, entre ellos, la derogación definitiva de la Ley de Protección al Dominio Nacional sobre la propiedad, posesión o tenencia de las tierras rurales, más conocida como Ley de Tierras (n° 26.737) de 2011. Para dimensionar lo que está en juego, es necesario revisar el contexto en que esta ley fue sancionada. 
Un punto de quiebre en el proceso contemporáneo de extranjerización de tierras se produjo a fines de los años noventa. En 1996, el gobierno de Carlos Menem creó la Secretaría de Seguridad Interior (SSI), que asumió funciones que pertenecían a la Superintendencia Nacional de Fronteras. En sus primeros años, la SSI autorizó la venta de más de 8 millones de hectáreas en zonas de seguridad fronteriza, áreas históricamente protegidas por el decreto 15.385 de 1944, que establecía su venta exclusivamente a ciudadanos argentinos. Esa normativa, a pesar de continuar vigente, fue ampliamente vulnerada en la década de los noventa con ventas irregulares y triangulaciones. Dos de los casos más emblemáticos son el de Lago Escondido en Río Negro -adquirido por el magnate británico Joe Lewis- y el de las tierras patagónicas compradas por Luciano Benetton, de nacionalidad italiana. 
En los años 2000, con el boom internacional de los precios de los alimentos, el valor de la tierra se disparó y la devaluación facilitó la compra por parte de extranjeros de tierras fértiles y estratégicas. En este escenario, en 2011 se sancionó la Ley de Tierras, que fijó un límite de extranjerización de tierras de un 15% de la superficie a nivel provincial y departamental, y fortaleció los mecanismos de control para evitar triangulaciones sin supervisión estatal. 
En 2016, durante la gestión de Mauricio Macri, el Decreto 820/2016 modificó la aplicación de la Ley de Tierras. El decreto flexibilizó los procedimientos, habilitó la posibilidad de informar cambios societarios después de realizados, redujo los requisitos para compras e introdujo criterios más amplios para definir quién era considerado extranjero. En la práctica, estos cambios facilitaron operaciones que antes estaban sujetas a control y, fundamentalmente, modificaron la forma de medir la extranjerización en casos de sociedades, sucesiones, condominios o participaciones indirectas. 
Como consecuencia, entre el primer relevamiento oficial de 2015 y el de 2022 se observa una baja en los porcentajes de tierras en manos extranjeras que no refleja una reducción real, sino el impacto de esta nueva metodología. En 2023, con la llegada al poder de La Libertad Avanza, el DNU 70/2023 derogó la Ley de Tierras mediante su artículo 154. Sin embargo, en enero de 2024, el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) presentó un amparo que logró frenar provisoriamente la derogación en la justicia, evitando que la situación cambiara sustancialmente en los meses siguientes.

Cuánto, dónde y quiénes: la foto actual del avance extranjero en la tierra 


El gobierno nacional sostiene en su página que ninguna provincia excede el límite del 15%. Entonces, ¿por qué se esfuerzan tanto en derogar la ley? 
A nivel nacional, alrededor del 5% del territorio argentino está en manos extranjeras. En superficie, esto supera los trece millones de hectáreas: el equivalente a la extensión de Inglaterra. Pero el dato nacional, aunque impactante, no es el más relevante. La verdadera dimensión del fenómeno aparece cuando bajamos la escala y miramos por departamento, o cuando cruzamos la información con la ubicación de cursos de agua, acuíferos o zonas con potencial minero.
Mapa extraído de: www.argentina.gob.ar/justicia/tierrasrurales/datos/extranjerizacion-provincia

Existen 36 departamentos que ya exceden el límite fijado por la ley. Y hay cuatro casos –Lácar (Neuquén), General Lamadrid (La Rioja) y Molinos y San Carlos (Salta)– donde la extranjerización supera el 50%. Todos ellos concentran bienes estratégicos como agua dulce o recursos minerales. A su vez Iguazú (Misiones), Ituzaingó y Berón de Astrada (Corrientes), y Campana (Buenos Aires) —todas localidades sobre la principal vía fluvial navegable del país, el río Paraná— superan ampliamente el 30%. 
El patrón es claro: las situaciones más críticas se dan en zonas fronterizas —tanto en el norte como en la cordillera— y en territorios con recursos hídricos, mineros o ventajas logísticas como puertos. En el mapa georeferenciado que realizamos se puede consultar esta información (https://observatoriodetierras.blogspot.com/).
Elaboración propia en base a reportes del Registro Nacional de Tierras Rurales (Dirección Nacional del RNTR, Ministerio de Justicia de la Nación Argentina), obtenidos mediante solicitudes de acceso a la información pública (Ley 27.275), expediente EX-2025-94747803. Datos actualizados al 6 de agosto de 2025. 

En cuanto a las nacionalidades de los principales poseedores de tierras, el listado es encabezado por ciudadanos estadounidenses con más de 2,7 millones de hectáreas. Le siguen Italia y España. Solo estas tres nacionalidades concentran la mitad de toda la tierra extranjerizada. Para dimensionarlo: los estadounidenses poseen una superficie mayor que la provincia de Tucumán.
La derogación apunta a habilitar compras en zonas con un valor natural y estratégico excepcional. Lagos patagónicos de agua dulce, bosques nativos, cordillera con minerales críticos, áreas fronterizas sensibles, regiones a la vera de los grandes ríos o asentadas sobre acuíferos que abastecen a millones de personas. En un contexto global marcado por tensiones en torno al agua y la energía, permitir la expansión extranjera sobre estas áreas supone que el Estado argentino reduzca su capacidad de responder a las necesidades de su población de manera soberana. 
La búsqueda por la derogación de la Ley de Tierras ocurre en un escenario internacional de creciente disputa por recursos estratégicos. El reciente corolario de Trump a la Doctrina Monroe expresa un cambio en la estrategia estadounidense a nivel regional, orientado a asegurar su acceso a los recursos naturales en América Latina. En ese marco, estas decisiones pueden leerse como una redefinición de quién controla territorios clave hacia adelante. 
Definir qué se puede vender y qué no, y bajo qué reglas, no es una cuestión de carácter administrativo: ordena el acceso a recursos que son centrales para la vida cotidiana y para cualquier proyecto de desarrollo. Por eso, en un momento de presión creciente sobre estos territorios, desarmar las protecciones existentes —que se sostuvieron durante décadas sobre la base de una visión a largo plazo del territorio y sus recursos— no es neutral: reconfigura quién decide, quién accede y quién queda afuera en algunos de los espacios más sensibles del país.

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